PASO A PASO – Vender un piso en Tenerife
Este proceso puede ser muuuuy fácil y/o complicarse, por eso siempre recomiendo ANTICIPARSE, cuando te anticipas GANAS!!
Y es que, si PREPARAS todo ANTES de la venta, es muy posible que no te lleves sorpresas
Vamos allá
Estos son los pasos que debes seguir para vender tú mismx, tu propiedad:
- ANTES DE PONER EN VENTA TU PROPIEDAD: Revisa la documentación (escritura, nota simple).
Si es una herencia, debes saber o revisar si se hizo la aceptación de herencia. Debes revisar si la propiedad está registrada, normalmente cuando heredamos descubrimos que la propiedad nunca se registró o que solo está registrado el solar y no la vivienda o solamente está registrada una parte de la vivienda o que la misma herencia no esté registrada.
Puede pasar que hayas comprado tu vivienda hace 20 años y en este tiempo la hayas ampliado, si no hiciste la declaración de obra nueva y no la registraste, no aparecerá en la nota simple y será un inconveniente para la financiación del posible comprador/ra.
También debes revisar si tiene alguna carga (hipoteca, embargo…)
Es importante, revisar si la propiedad tiene alguna afección, conocer la tipología del suelo donde se encuentra tu propiedad.
Todo esto te ayudará a conseguir al cliente adecuado para tu vivienda y por su puesto a realizar todos los trámites correctamente.
OJO: si algo de la propiedad no está registrado, imposibilita su financiación, por eso, que te digan “ya eso se registra cuando la vendas” depende de quien te la compre y si está de acuerdo en hacerlo así. O si, la registraste hace menos de dos años, tampoco se podrá financiar por que estará afectado el inmueble por la Ley hipotecaria 207 (La Ley Hipotecaria (LH) es un conjunto de normas legales que se encargan de regular todos los aspectos relacionados con el mercado hipotecario en España. Si la inmatriculación de la finca se hubiera practicado con arreglo a lo establecido en los números 1.°, 2.°, 3.° y 4.° del artículo 204, el artículo 205 y el artículo 206, los efectos protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta transcurridos dos años desde su fecha. Esta limitación se hará constar expresamente en el acta de inscripción, y en toda forma de publicidad registral durante la vigencia de dicha limitación. Fuente: https://www.conceptosjuridicos.com/ley-hipotecaria/)
Registrar una propiedad no es obligatorio, pero si es MUY RECOMENDABLE para asegurar jurídicamente la propiedad.
ANTES DE VENDER: debes decidir en qué precio vendes.
- Preparar la propiedad para las fotos y las visitas (Recomendación: despersonaliza la propiedad, para que los compradores puedan imaginar sus cosas allí)
- Fotos, vídeo y todo el material que necesites para promocionar tu vivienda
Después de esto, LLEGÓ EL MOMENTO:
DURANTE LA VENTA:
¿De qué forma piensas comercializar tu propiedad?
Hay varias opciones:
- ONLINE: Por internet, en portales inmobiliarios, redes sociales
- OFFLINE: Cartel de la propiedad, flyers, carteles en comercios, hablar con vecinos, amigxs, familiares y difundir. Las inmobiliarias, colaboramos con otras inmobiliarias, tenemos mayor alcance en portales inmobiliarios y redes sociales, invertimos en eso para que la propiedad llegue a la mayor cantidad de personas posible. Además, tenemos s disposición del cliente nuestra base de datos de compradores (la nuestra, la de nuestra oficina y la de nuestros colegas del sector)
- En nuestra base de datos esto es automático y cualquiera podría comprar tu casa, también llegamos a clientes del extranjero.
OJO: Debes estar preparadx para todas las llamadas que recibas de personas interesadas en la propiedad y por su puesto tener disponibilidad para atenderlas
No sin antes, hacer un control por seguridad de quien irá a tu vivienda y si realmente tiene la capacidad económica para comprarla, para esto debes conoces cual es el valor de tasación aproximado por si el cliente va a financiar, aproximadamente podrás saber cuantos ahorros necesita para comprar.
Sería recomendable que los acompañaras al banco, eso lo hacemos nosotros, para que no haya opción de que le ofrezcan otra propiedad del banco.
Haz un parte de visita, también lo hacemos, es importante, por tu seguridad, no sabemos a quien abrimos la puerta en muchas ocasiones.
- NEGOCIACIÓN:
Si te hacen una oferta, no respondas en caliente, piensa y valóralo, responde cuando lo hayas meditado bien. En muchas ocasiones, los compradores hacen la oferta en la visita y el vendedxr acepta o se niega según como le caiga la oferta en ese momento, influye también si te sientes a gusto o no con la otra persona, olvidamos la objetividad en ocasiones si nos ocurre esto.
Luego, lo ideal es hacer un contrato de arras, donde se estipulan las condiciones de la compraventa.
Luego, llegaría
- NOTARÍA:
El momento más esperado y por el que tanto has luchado.
Aquí solo debes dejarte llevar porque pasará rápido y es la consecuencia de lo que llevas haciendo días, semanas, meses o años, pero ANTES, debes:
- Recopilar toda la documentación que te piden en notaría (escrituras originales, dni vigente, recibo de contribución, el comprador podría pedirte los últimos 5 recibos de la contribución y está en su derecho, Certificado energético, poder si lo necesitas de alguna parte que vende, Si tienes hipoteca certificado de deuda, si ya la cancelaste pero aparece en la nota simple, debes presentar el certificado de deuda cero y debes cancelarla registralmente, si el comprador tiene gestoría, seguramente ellos se encarguen de hacerlo, si la propiedad es de protección oficial necesitas la autorización de compraventa que emite el Instituto Canario de la Vivienda –> para estas propiedades haremos otro post, certificado que está al día en la comunidad de propietarios si la hubiera. Y certificado de deuda de embargo si lo hubiera. Esta documentación varia según la propiedad, pero en general seria lo anterior.
- OJO que el comprador también debe llevar su DNI o NIE vigente, los talones o transferencia si compra de contado y si es con financiación estará acompañadx de la gestoría de su banco
Después de la notaría, debes presentarte en el ayuntamiento para la plusvalía.
Antes de este día debiste haber cambiado toda la correspondencia, y ahora esperarás a que cambien los nuevos dueños de tu antigua casa los suministros a su nombre (no les des de baja, que podría complicarse la cosa para ellxs)
A CELEBRAR QUE HAS VENDIDO TU PROPIEDAD!! FELICIDADES
Espero que te sea de utilidad, escríbeme si necesitas ayuda para vender tu propiedad, GRACIAS

