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Proceso de Compraventa – CONTRATO DE ARRAS

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Seguido a la OFERTA que hablamos en el post anterior, llega el CONTRATO DE ARRAS…

Pero…

¿Qué es un Contrato de Arras?

Es un acuerdo por escrito entre el comprador y el vendedor de una propiedad, y se realiza antes de la Escritura Pública de Compraventa.

En este contrato, ambas partes manifiestan su voluntad de comprar y vender y las obligaciones que tiene cada uno de ellos en el proceso de compraventa. Se plazo para realizar la compraventa, condiciones de compra (con financiación, de contado, Vivienda VPO, etc.), se identifica la propiedad que se transmite, si tiene alguna carga, se manifiesta el momento de entrega de llaves al comprador.

Deben firmarlo todas las partes, así como también acompañarlo de una nota simple actualizada de la propiedad que se transmite.

El comprador, entrega una cantidad de dinero como compromiso en la compraventa (que se resta del precio de venta)

El Contrato de arras, es fundamental para cada una de las partes que intervienen en la compraventa, ya que además de asegurar las condiciones de la compraventa para la posterior Escritura Pública de Compraventa, asegura a ambas partes la realización de esta.

Aunque siempre exista la posibilidad, por causa mayor o porque no se cumplan las condiciones mencionadas en el contrato y deba rescindirse. Así mismo, dependerá del tipo de Contrato de Arras que hayas realizado para saber si hay penalización por incumplimiento de contrato o no.

Existen tres tipos de Contrato de Arras:

Contrato de Arras Penitenciales – Contrato de Arras Confirmatorias – Contrato de Arras Penales

El contrato más utilizado, por nosotros es:

El Contrato de Arras Penitenciales, como su nombre lo indica, el incumplidor será penalizado, si es el comprador el que las incumple, perdería las cantidades entregadas y si es el vendedor el incumplidor debe devolverlas por duplicado al comprador, siempre y cuando se manifieste en el contrato y se hace referencia en el contrato sobre el artículo 1.454 del Código Civil.

Después de celebrar el Contrato de arras entre ambas partes, el siguiente paso sería:

–> Ir a la Notaría, en el próximo post les contaré sobre eso…

Feliz tarde y gracias por leerme

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